¿Cuánto dinero cubre el Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) en Perú? Para el periodo de septiembre a noviembre de 2026, el monto máximo de cobertura (MMC) es de S/ 123,000.
El Fondo de Seguro de Depósitos protege determinados depósitos mantenidos en instituciones financieras miembros del FSD, siempre de acuerdo con los límites y condiciones establecidos por la normativa vigente.
Monto máximo de cobertura del FSD
S/ 123,000Periodo: septiembre – noviembre de 2026
La cobertura del FSD es especialmente importante para las personas que mantienen sus ahorros en bancos, financieras, cajas municipales y otras instituciones financieras miembros. El monto máximo de cobertura se establece para determinados periodos y debe consultarse en la información oficial vigente.
¿Qué es la cobertura del FSD?
La cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) es el mecanismo mediante el cual determinados depósitos de los ahorristas cuentan con protección hasta un monto máximo establecido.
El FSD señala que la cobertura se aplica a los depósitos que tenga un depositante en cada institución financiera miembro del FSD, hasta el monto máximo de cobertura correspondiente en cada una de ellas.
¿Cuál es el monto máximo de cobertura del FSD en 2026?
Para el periodo comprendido entre septiembre y noviembre de 2026, el monto máximo de cobertura (MMC) establecido por el FSD es de:
Monto máximo de cobertura
Septiembre – noviembre de 2026
Este monto es una referencia fundamental para quienes comparan cuentas de ahorro, depósitos a plazo, cuentas corrientes o CTS en instituciones financieras que pertenecen al FSD.
¿Qué depósitos cubre el FSD?
El Fondo de Seguro de Depósitos cubre determinados depósitos nominativos, es decir, aquellos en los que aparece identificado el nombre del titular o titulares del depósito.
Según la información oficial del FSD, están comprendidos determinados depósitos de personas naturales y personas jurídicas privadas sin fines de lucro.
💳 Depósitos a la vista
Los depósitos a la vista, incluyendo las cuentas corrientes, pueden estar cubiertos por el FSD bajo las condiciones establecidas.
💰 Depósitos de ahorro
Las cuentas y depósitos de ahorro nominativos se encuentran dentro de los productos contemplados por la cobertura.
📅 Depósitos a plazo
Los depósitos a plazo también se encuentran entre los depósitos cubiertos por el FSD.
🏦 CTS
Los depósitos correspondientes a la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) también están comprendidos.
¿Los intereses también están cubiertos por el FSD?
Sí. La información oficial del Fondo de Seguro de Depósitos señala que también están cubiertos los intereses generados por los depósitos mencionados, desde la fecha de inicio o desde su última renovación, de acuerdo con las condiciones aplicables.
Ejemplo sencillo
Supongamos que una persona tiene un depósito cubierto y este genera intereses. La cobertura no se limita necesariamente al capital original, sino que contempla también los intereses correspondientes dentro de las condiciones y del monto máximo de cobertura establecido.
¿Cuánto cuesta el seguro del FSD?
Una de las ventajas para los ahorristas es que el seguro del FSD no tiene un costo directo para los depositantes.
Las instituciones financieras que son miembros del Fondo de Seguro de Depósitos pagan trimestralmente una prima para que sus depositantes puedan contar con la protección del seguro.
¿Qué ocurre con las cuentas mancomunadas?
Las cuentas mancomunadas tienen reglas específicas dentro del sistema de cobertura del FSD.
Cuando existen cuentas mancomunadas en una misma institución financiera, el monto se distribuye entre los titulares de la cuenta y la cobertura se aplica considerando los límites y condiciones establecidos en el artículo 153 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la SBS.
¿La cobertura del FSD es por banco?
Sí. El FSD señala que la cobertura se aplica a los depósitos que tenga un depositante en cada institución financiera miembro del FSD, hasta el monto máximo de cobertura correspondiente en cada una de ellas.
| Situación | Cómo funciona la cobertura |
|---|---|
| Depósitos en una institución miembro | Se aplica hasta el MMC correspondiente, sujeto a las condiciones del FSD. |
| Depósitos en diferentes instituciones miembros | La cobertura se considera por cada institución financiera miembro. |
| Cuenta mancomunada | El monto se distribuye entre los titulares según las reglas aplicables. |
| Depósitos no cubiertos | No reciben protección del FSD aunque estén relacionados con una institución miembro. |
¿Qué depósitos no cubre el FSD?
No todos los productos o fondos mantenidos en una institución financiera están necesariamente protegidos por el Fondo de Seguro de Depósitos.
La página oficial del FSD establece una serie de exclusiones que es importante conocer antes de asumir que un determinado producto cuenta con cobertura.
El FSD no cubre, entre otros:
- Depósitos de determinadas personas vinculadas a la institución financiera.
- Depósitos de directores o gerentes que hayan desempeñado esos cargos durante los dos años anteriores a la declaración de disolución y liquidación, bajo las condiciones señaladas por el FSD.
- Depósitos de personas pertenecientes a determinados grupos económicos con participación mayor al 4% y que hayan participado directa o indirectamente en la gestión.
- Depósitos de otras empresas del sistema financiero nacional o extranjero.
- Depósitos constituidos infringiendo la ley.
- Instrumentos que, aunque formalmente tengan la denominación de depósito, sean esencialmente acreencias no depositarias.
- Certificados, bonos y otros instrumentos emitidos al portador.
- Determinados cheques u órdenes de pago no pagados antes del cese de operaciones de una entidad en liquidación.
El FSD también señala que no están cubiertos los depósitos que las instituciones financieras pacten entre ellas.
¿El FSD cubre todos los tipos de personas jurídicas?
No de la misma manera. El FSD indica que los depósitos nominativos de personas naturales y personas jurídicas privadas sin fines de lucro se encuentran dentro de los depósitos cubiertos.
En el caso de los demás tipos de personas jurídicas, únicamente se encuentran cubiertos sus depósitos a la vista, siempre hasta el monto máximo de cobertura correspondiente.
Ejemplos de cómo funciona la cobertura del FSD
Ejemplo 1: una persona con S/ 50,000
Si un depositante mantiene S/ 50,000 en depósitos cubiertos dentro de una institución financiera miembro, el monto se encuentra por debajo del MMC de S/ 123,000 vigente para septiembre–noviembre de 2026.
Ejemplo 2: una persona con S/ 123,000
Un depósito cubierto de S/ 123,000 coincide con el monto máximo de cobertura establecido para el periodo septiembre–noviembre de 2026.
Ejemplo 3: una persona con más de S/ 123,000
Cuando el saldo supera el monto máximo de cobertura, no debe asumirse que todo el saldo estará protegido por el FSD. La cobertura está limitada al MMC y se deben considerar las condiciones específicas del sistema.
Ejemplo 4: depósitos en dos instituciones
El FSD indica que la cobertura se aplica a los depósitos de un depositante en cada institución financiera miembro. Por ello, para analizar una situación concreta hay que evaluar separadamente los depósitos mantenidos en cada institución.
¿Por qué es importante conocer la cobertura del FSD?
Conocer el funcionamiento del Fondo de Seguro de Depósitos puede ser especialmente útil al comparar productos financieros como:
- Cuentas de ahorro.
- Cuentas corrientes.
- Depósitos a plazo fijo.
- Depósitos CTS.
- Productos de ahorro ofrecidos por cajas municipales.
- Productos ofrecidos por financieras.
Además de comparar tasas de interés, TREA, comisiones y condiciones de cada producto, conocer la cobertura disponible permite entender mejor el nivel de protección aplicable a los depósitos.
¿Qué pasa si tengo dinero en diferentes bancos?
La cobertura del FSD se aplica considerando cada institución financiera miembro. Por ello, no se trata simplemente de sumar todos los depósitos que una persona mantiene en el sistema financiero peruano y aplicar un único límite general.
El análisis debe realizarse por cada institución financiera miembro del FSD, teniendo en cuenta los productos cubiertos, el titular, las cuentas mancomunadas cuando corresponda y el MMC vigente.
Ejemplo práctico
Si una persona tiene depósitos cubiertos en dos instituciones financieras diferentes, debe analizar la cobertura correspondiente en cada institución de manera independiente.
¿El monto de cobertura del FSD puede cambiar?
Sí. El monto máximo de cobertura se establece para determinados periodos. Por esa razón, una cifra publicada para un trimestre no necesariamente será la misma en el siguiente periodo.
Para septiembre–noviembre de 2026, el monto publicado por el FSD es de S/ 123,000.
Preguntas frecuentes sobre la cobertura del FSD
¿Cuánto cubre el FSD en Perú en 2026?
Para el periodo septiembre–noviembre de 2026, el monto máximo de cobertura del FSD es de S/ 123,000.
¿El FSD cubre cuentas de ahorro?
Sí. Los depósitos de ahorro nominativos se encuentran entre los depósitos contemplados por la cobertura del FSD, sujetos al monto máximo y condiciones correspondientes.
¿El FSD cubre depósitos a plazo?
Sí. Los depósitos a plazo están incluidos entre los depósitos cubiertos, de acuerdo con las condiciones establecidas por el FSD.
¿El FSD cubre la CTS?
Sí. Los depósitos CTS se encuentran entre los depósitos mencionados por el FSD dentro de su cobertura.
¿Tengo que pagar por el seguro del FSD?
No. El seguro no tiene costo directo para los depositantes. Las instituciones financieras miembros pagan trimestralmente una prima para financiar esta protección.
¿El FSD cubre más de S/ 123,000?
Para septiembre–noviembre de 2026, el monto máximo de cobertura publicado por el FSD es de S/ 123,000. Los depósitos que superen ese monto no deben considerarse automáticamente cubiertos por encima del límite.
¿La cobertura se aplica por cada banco?
La cobertura se aplica a los depósitos que un depositante tenga en cada institución financiera miembro del FSD, hasta el monto máximo correspondiente en cada una.
¿El FSD cubre cuentas mancomunadas?
Las cuentas mancomunadas tienen reglas específicas. El monto se distribuye entre los titulares y la cobertura se aplica de acuerdo con los límites y condiciones establecidos.
¿El FSD cubre bonos y certificados al portador?
No. El FSD señala expresamente que los certificados, bonos y cualquier otro instrumento emitido al portador no están asegurados por el Fondo.
Consulta el monto de cobertura directamente en el FSD
El monto máximo de cobertura puede cambiar por periodo. Antes de realizar un depósito importante, verifica siempre la información oficial vigente.
Consultar cobertura oficial del FSDFuente: Fondo de Seguro de Depósitos del Perú, sección oficial de Cobertura. El monto de S/ 123,000 corresponde al periodo septiembre–noviembre de 2026.